Según el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), las pequeñas y medianas empresas (PYMES) han sido las que más han sufrido el impacto de la crisis causada por la Pandemia de COVID -19.
Por este motivo, el presidente Sebastián Piñera el pasado 26 de mayo propuso medidas que pretenden apoyar a las Pymes quienes han sido afectadas debido a las restricciones de funcionamiento instauradas por esta crisis sanitaria. Acá te contamos en qué consisten estos beneficios y cómo puedes acceder a ellos.
Bonos para microempresas y Pymes
El bono de Alivio para PYMES entrega un aporte de $1 millón que favorecerá a 820 mil pymes y microempresas, estas pueden ser personas naturales o jurídicas, que tengan inicio de actividades en primera categoría hasta el 31 de marzo de 2020. Estas no deben haber superado sus ingresos anuales por ventas a las 25 mil UF durante el año pasado.
Por otra parte, para aquellas empresas que estén afectadas al pago IVA, existe un bono adicional variable. Estas serán beneficiarias de un aporte extra que equivale a tres meses del promedio del IVA débito del 2019, con un tope de hasta $2 millones.
También, para pequeñas y medianas empresas que estén a cargo de una mujer, tanto el bono de Alivio para Pymes como el bono adicional (mencionado anteriormente) aumentarán en un 20%.
Además, se contará con un anticipo solidario para el pago de cotizaciones de seguridad social de trabajadores suspendidos por la Ley de Protección al Empleo.
¿Qué requisitos debo cumplir para acceder los bonos?
- Haber tenido al menos un trabajador contratado.
- Haber declarado ingresos por ventas al menos dos meses continuos o discontinuos en 2020.
- Ser uno de los rubros más afectados por la pandemia (eventos de cultura, gastronomía, salones de belleza, gimnasios, servicios de turismo, transportes, jardines infantiles, ferias y otros tipos de servicios perjudicados) y que hayan tenido alguna venta el año 2019.
No podrán optar al beneficio las empresas que correspondan a sociedades de inversión, financieras o seguros.
Medidas tributarias que se facilitarás para las beneficiarias
Adicional a los bonos que se entregarán con la promulgación de la ley de alivio para pymes, existen medidas tributarias para apoyar el fortalecimiento de la recuperación económica de estas empresas:
- Reducción transitoria de la tasa de interés penal de 1,5% a 0%, que estará vigente para los giros (órdenes de pago de las deudas tributarias) que se emitan hasta el 31 de diciembre del año 2021.
- Devolución de crédito fiscal IVA acumulado, tendrá la opción de solicitar un reembolso del remanente acumulado, entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, según la declaración de IVA que se ejecute en julio, agosto y septiembre del presente año.
- Extensión de vigencia de patentes provisorias: para aquellas empresas que sus patentes vencieron durante la etapa de alerta sanitaria. La extensión es hasta un año contado desde el día siguiente a aquel en que se termine el estado de alerta sanitaria.
- Se duplica el plazo de los convenios de pago con Tesorería y Municipios (patentes de alcoholes y comerciales) pasando de 24 a 48 cuotas, y se establece una condonación del 100% de intereses y multas.
- Costo: estas medidas implicarán menores ingresos por el presente año por US$ 1.214 millones.
¿Qué requisitos deben cumplir para acceder a las medidas tributarias?
- Haber obtenido ingresos por ventas y servicios en al menos dos meses, continuos o discontinuos, entre el 1 de enero 2020 y el 31 de mayo 2021.
- Que de la declaración de junio 2021 resulte un remanente de crédito fiscal de IVA generado por la adquisición de bienes o la utilización de servicios entre el 1 de marzo 2020 y el 31 de mayo 2021.
Otras medidas de refuerzo
El Gobierno además ha pretendido implementar una serie de medidas basadas en impulsar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en el comercio público.
Entre estas medidas se encuentran:
Fortalecimiento de Fogape:
- Ampliar el plazo de las garantías de 7 a 10 años.
- Flexibilizar el requisito de mora para Fogape Reactiva hasta 89 días para mipymes, (actualmente el programa contempla un requisito de mora de 29 días).
- Integración de un periodo de gracia de 6 meses para los nuevos créditos para Pymes de los rubros más afectados por la pandemia se extenderá el periodo de gracia a 12 meses.
Ley de Insolvencia y Reemprendimiento: discusión inmediata, incorporando vía indicación las medidas propuestas tendientes a facilitar el acceso y facilitación de los procesos concursales y de liquidación.
Consejo Económico y Social: de carácter permanente, enfocado en instaurar medidas para la reactivación económica, la creación del empleo y la productividad del país, con especial énfasis en las Pymes.
Suspensión de remates por incumplimiento de pagos de contribuciones de las MYPEs durante el presente año, (cualquiera sea el estado de la causa).
Reorientar programas de capacitación a mipymes y favorecer procesos para emprender.
Programa Sercotec para que personas con actividades informales puedan acceder a fondos de reactivación económica e iniciar actividades formales.
Postulación:
La ley del bono de alivio a las pymes fue publicada en el Diario Oficial el pasado jueves 17 de junio y el viernes 2 de julio el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó un banner en su sitio que permite la postulación.
El Bono de Alivio ya está disponible, teniendo plazo hasta el 2 de agosto para postular.
Para el Anticipo Solidario, el trámite en línea se podrá realizar desde el día 17 de julio hasta el 17 de septiembre del presente año.
Las fechas para el Bono Adicional y el bono para el pago de cotizaciones, serán desde el 18 de agosto hasta el 18 de octubre del 2021.
Formas de pago
Estas se efectuarán mediante transferencia electrónica a la cuenta indicada y vinculada al titular de la empresa o, de no tener cuenta bancaria registrada, será enviado un cheque a la dirección señalada en la solicitud.