Ya te puedes inscribir aquí para formar parte del proceso de modernización y comenzar a emitir tus boletas de forma electrónica. La Ley de Modernización Tributaria establece de forma obligatoria emitir estos documentos electrónicamente.
¿Quiénes están obligados?
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- Todos los contribuyentes que emitan boletas de ventas y servicios en papel según los plazos indicados, sean o no facturadores electrónicos.
- Todos los contribuyentes que se inician como empresa y deban emitir boletas de ventas y servicios.
Estos son los beneficios de emitir boletas electrónicas:
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- La emisión es 100% en línea (vía correo electrónico, WhatsApp, sitios web u otro), con los consiguientes ahorros de tiempo (asociados al timbraje) y papel.
- Para el contribuyente, implica tener toda la información de sus ventas en forma electrónica, apoyando la gestión de su negocio.
- Toda la información será cargada automáticamente en el Registro de Compras y Ventas y en la Propuesta de Declaración de IVA.
- Los emisores de boletas electrónicas ya no deberán llevar el Libro de Boletas Electrónicas.
A partir de cuándo:
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- Desde el 1 de enero de 2021 para los emisores de boletas electrónicas.
- Desde el 1 de marzo de 2021 para los contribuyentes que no emiten facturas electrónicas.
Con información del SII, amplía aquí
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