Nos encontramos en el último año de tasa transitoria de Ley N° 21.256 del 10%, el 2023 pasará al 25% determinado por la Ley N°21.210. Las personas naturales van a tener retención del préstamo tasa cero, de un 3% de las remuneraciones u honorarios de trabajadores dependientes. La primera cuota del pago, que es un 10% del préstamo en la declaración de renta; la tasa de retención de los honorarios transitará de un 11,5% a un 12,5% este 2022, que agregando el 3% previo queda en 15,25%.
El procedimiento de la Operación de Renta autoriza a los contribuyentes y empresas a declarar sus ingresos y rentas anuales. Cumpliendo así con las obligaciones tributarias: cada contribuyente bajo su posición económica recibirá una devolución o tendrá que pagar impuestos. Dicho trámite se realiza en abril de manera anual por el Servicio de Impuestos Internos (institución encargada de fiscalizar a las organizaciones que ejecutan actividades en primera o segunda categoría).
Para impedir multas es crucial cumplir con los plazos establecidos por el SII (Sistema de Impuestos Internos). Las declaraciones juradas deberán presentarse entre el período: 1 de marzo y 30 de junio del presente año. En abril se declara el impuesto sobre la renta y las devoluciones se pagarán entre el 11 y 30 de mayo dependiendo de la fecha de presentación del Formulario 22.
El objetivo de las nuevas medidas es facilitar la carga tributaria de las empresas y demás contribuyentes, poniendo la esperanza en que los reajustes reactiven la economía del país durante el 2022.