La ley número 21.220 es la que regula el trabajo a distancia y el teletrabajo. Ya hemos hablado de eso en este hub de recursos. Ahora te queremos contar qué cláusulas debería tener el contrato si tu modalidad es teletrabajo.
1. Modalidad de trabajo: debe quedar expresamente acordado entre las partes qué tipo de modalidad de trabajo se va a regir el contrato, que puede ser, teletrabajo total o un mix entre teletrabajo y trabajo presencial.
2. Distribución: además de dejar claro cómo será esa modalidad, debe quedar claro también cómo será esa distribución de la jornada. Es decir, los horarios en el caso de que sea teletrabajo total y los horarios y la presencia, en el caso de que sea un mix.
3.Lugar: debe quedar por escrito cuáles serán los lugares desde donde se ejercerán las labores. Es posible que también, las partes acuerden que el trabajador elegirá de forma libre el lugar donde ejercerá sus funciones.
4. Supervisión: esta cláusula debe expresar cuáles serán los mecanismos y las vías de supervisión que usará el empleador para hacer seguimientos a las funciones del empleado.
Ambas partes podrán pactar esta nueva modalidad para contratos nuevos, pero también para contratos que estén vigentes agregándole un anexo a dicho contrato.
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