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¿Qué propone el formulario 29? | MATIKA

Escrito por Matika | 13-ago-2021 11:09:13

La propuesta de declaración y pago del Formulario 29 es elaborada en base a los antecedentes del Registro de Compras y Ventas (RCV) del contribuyente en los registros del SII, principalmente. 

¿En qué consiste?

El Formulario 29 tiene el fin de declarar y pagar impuestos mensuales que, por ley deben ser informados, retenidos y pagados por el contribuyente, dentro de los cuales se encuentran, el impuesto al valor agregado (IVA), los pagos provisionales mensuales (PPM), impuesto único de segunda categoría, retención de honorarios de segunda categoría, entre otros.

Para hacer efectiva la declaración por internet del formulario 29 es necesario tener claro que las declaraciones pueden ser realizadas de dos maneras: 

  • Declaración con Pago: Es una declaración con pago cuando la casilla que corresponde al código 91 (del Formulario 29), denominado total a pagar, tenga un valor mayor que cero.
  • Declaración sin Pago: Es una declaración sin pago cuando la casilla que corresponde al código 91 (del Formulario 29), denominado total a pagar, siempre será igual a cero. 

Para acceder a la propuesta de declaración del F29 a través de Internet debe ingresar al menú: Servicios Online >> Impuestos Mensuales >> Declaración Mensual (F29) >> Declarar IVA (F29) y seleccionar el periodo a declarar >> En los asistentes de cálculos seleccionar la opción “Continuar” >> Seleccionar la opción “Confirmar que no hay Información Adicional a incorporar” >> Enviar Declaración. 

Una vez realizado esto, se nos abrirá una nueva pantalla en donde debemos seleccionar el medio de pago.

Medios de pagos

Si la declaración requiere un pago de impuesto o retención, se ofrecerá al contribuyente las siguientes opciones de pagos disponibles en Internet.

  • Pago en línea con tarjeta de crédito (WEBPAY)
  • Pago directo en línea con cuenta corriente (PEL)
  • Pago con cuenta corriente mediante mandato al banco (PEC)

Debemos tener claro que la propuesta del F29 solo considera la información que previamente se encuentra incorporada en las bases del Sii, y/o que terceros hayan informado. Así también, la propuesta determinará como Pago Provisional Mensual (PPM) el mínimo posible a declarar dependiendo del Régimen Tributario al que se encuentre asociado el contribuyente. 

Importante: Tener en consideración que la propuesta no incluye el Impuesto Único de Segunda Categoría, determinado y retenido por la empresa a sus trabajadores y que debe ser declarado en la línea 60, del actual Formulario 29, según los términos establecidos en el artículo 74, N°1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Fuente: SII

Fuentes de la información incorporada en propuesta de F29.

Registro compra y venta

El registro de compra y venta (RCV) es un sistema elaborado por el SII, en el sistema está ingresada toda la información de documentos tributarios electrónicos de compras y ventas (Facturas, Notas de Crédito, Notas de Débito, etc) , tanto los emitidos como los recibidos. El objetivo es respaldar las operaciones afectas y exentas de IVA, logrando un control centralizado de los ingresos, gastos e IVA, al cual los contribuyentes deben cuadrarse mes a mes.

Retención de honorarios

Para las personas naturales que presten sus servicios de forma independiente, solo deberán completar el F29 cuando hayan emitido boletas de honorarios, en las que se deben declarar y cancelar el Pago Provisional Mensual, actualmente la tasa de retención es de 11,5%, la cual ha venido aumentando progresivamente desde el 2020, y la cual llegará a un 17% el 2028.

Fuente: SII

Pagos Previsionales Mensuales (PPM)

Los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), tal como lo indica su nombre, son pagos que deben efectuar los contribuyentes como una provisión contra los impuestos anuales que se determinan a fines del año en que se producen las rentas, y que corresponde pagar hasta el 30 de abril del año siguiente. ¿Quienes deben declarar PPM?

  • Empresas que realizan actividades económicas en la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Industria, comercio, agricultura, entre otros).
  • Empresas que entregan servicios en la Segunda Categoría, como los profesionales y todo trabajador que desarrolle una ocupación lucrativa en forma independiente.
  • Exportadores que están obligados a pagar PPM por sus ingresos exentos de IVA.
  • Vendedores o prestadores de servicios exentos al IVA, obligados a pagar PPM por sus ingresos.

Tasa del PPM para los distintos tipos de empresas en Chile

Tasa PPM para Régimen Pro Pyme General (Art. 14 D N° 3)

  • 0,25% como mínimo en el primer año de actividad.
  • 0,25% como mínimo en los siguientes años si los ingresos brutos del año anterior no superan las 50.000 UF, de lo contrario, la tasa será de 0,5% como base.

Tasa PPM para Régimen Pro Pyme Transparente (Art. 14 D N° 8)

  • 0,2% como mínimo en el primer año de actividad si los ingresos brutos del año anterior no superan las 50.000 UF.
  • 0,5% como mínimo para los ingresos mayores de 50.000 UF.

Fuente: SII

Impuesto único

El Impuesto Único de Segunda Categoría, determinado y retenido por la empresa a sus trabajadores, debe ser declarado en la línea 60, del actual Formulario 29, según los términos establecidos en el artículo 74, N°1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Fuente: SII

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